La decisión de poner a la venta un piso no suele ser sencilla y debe de ser meditada. A la hora de tomar esta decisión, hay muchos factores que influyen pero, generalmente, los más importantes son dos: Los factores emocionales y los factores económicos. Hoy queremos centrarnos en una parte de los segundos.
Y es que, aunque todas las personas dan importancia al precio de venta, hay algo que se nos suele escapar de control: Los gastos a los que vamos a tener que hacer frente al vender una vivienda en Gipuzkoa.
Hoy queremos ayudarte a calcular esos gastos, algo que nos parece imprescindible a la hora de tomar una decisión tan importante, ¿comenzamos? 😉
1.- Plusvalía Municipal
En los últimos tiempos, dadas las modificaciones que ha ido sufriendo, todos hemos oído hablar de este impuesto pero sigue habiendo muchas dudas al respecto. Por ello, vamos a intentar aclararlas de una forma sencilla.
La plusvalía municipal es un impuesto que se paga al Ayuntamiento de tu pueblo o ciudad cuando vendes un inmueble. Estas son las claves para entenderlo:
- Este impuesto se calcula teniendo en cuenta el valor catastral. El cálculo se basa en la revalorización que haya sufrido el terreno urbano donde está construida tu casa desde el momento de la compra hasta el momento de la venta.
- Aunque la plusvalía municipal no depende del precio de venta, éste sí que influye de alguna manera ya que, con la nueva actualización, sólo pagarán el impuesto de plusvalía aquellos inmuebles que se vendan en ganancias
- Además, han cambiado también la forma en la que se calcula este impuesto. Si quieres conocer más profundamente cómo se calcula la plusvalía municipal, puedes hacerlo aquí
No dudes en acceder al simulador para hacerte una idea de cuánto vas a tener que pagar por este impuesto en caso de venta de tu piso.
2.- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto que grava la renta obtenida en un año natural por las personas físicas residentes en España o contribuyentes. En esta renta obtenida también entran las ganancias patrimoniales por lo que, cualquier persona que haya vendido cualquier tipo de inmueble durante el año, tendrá que declararlo en Hacienda.
No obstante, como en todo hay excepciones en las que no tienes obligación de pagar este impuesto:
- Si vendes tu vivienda habitual para adquirir otra. Si tu idea es reinvertir el dinero de la venta de tu piso en la compra de tu nueva vivienda habitual en un plazo máximo de 2 años, estás exento de pagar este impuesto. En caso de que inviertas sólo una parte de la ganancia de la venta, pagarás sólo por la cantidad de dinero sobrante que se tratará como beneficio.
- Cuando vendes por debajo del precio de compra. Si vendes tu casa más barata de lo que la compraste se considera que ha habido una pérdida patrimonial por lo que estás exento de pagar este impuesto
- Si tienes más de 65 años y destinas el dinero a crear una renta vitalicia asegurada en menos de 6 meses desde la fecha de escritura, no tendrás que hacer frente al pago del IRPF
- Si vendes tu piso al banco por la cantidad que te queda pendiente de amortizar de hipoteca (o en idioma más técnico por dación de pago o por una ejecución hipotecaria) estarás exento del pago de este impuesto al considerarse que no ha existido una ganancia patrimonial
¿Quieres calcular cuánto tendrías que pagar por la venta de tu casa? Puedes hacerlo aquí
3.- ¿Tienes o has tenido una hipoteca sobre el piso que vas a vender? Este punto es para ti
Además de los impuestos, hay otros gastos que la mayoría de personas no suelen tener en cuenta, nos referimos a los gastos de cancelación de la hipoteca. Hay varias formas de realizar esta cancelación:
- En el momento de la venta. Esta opción es la más utilizada. Se informa al comprador de que hay una hipoteca sobre esta vivienda y en el momento de la firma de escritura, el comprador llevará dos cheques: Uno a nombre del banco por la cantidad pendiente de hipoteca (el banco del vendedor realizará un certificado previo al respecto) y otro a nombre del vendedor con la diferencia
- Cancelación previa a la venta. En este caso, hay que amortizar previamente la deuda pendiente, pasar por notaría y registrar la cancelación de dicha hipoteca en el Registro de la Propiedad. Este trámite es algo más lento y también más costoso
- Fin de pagos de cuotas. Si ya has acabado de pagar las cuotas de tu hipoteca, el banco de tramitará un certificado de saldo cero que le indique al Registro de la Propiedad que esta hipoteca ya está cancelada.
Dado que los gastos de cancelación de hipoteca depende de las condiciones que pactaste con tu banco en el momento de la contratación de la hipoteca, lo mejor es que acudas a tu oficina de confianza a que te hagan una simulación de los gastos a los que tendrás que hacer frente.
Por lo tanto, para conocer la ganancia real de la venta de tu casa, tendrás que restar al precio de venta los gastos que te hemos detallado en los anteriores puntos.
¿Qué te ha parecido nuestro artículo? ¿Tienes alguna duda o necesitas ayuda para decidir si es buen momento para vender tu casa? No dudes en contactarnos, ¡estamos aquí para ayudarte! 😉
Irati Martín
mimo asesores inmobiliarios
Yo creo que falta la repercusión que puede tener en el irpf
¡Hola Gloria!
En el punto 2 del artículo tienes la información sobre el IRPF. Si tienes alguna duda en concreto, no dudes en contactarnos e intentaremos ayudarte a resolverla. Gracias por escribirnos! 😉